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7 febrero, 2019
07 Feb 2019

El exdirector de la AEAT aconseja a los padres devolver voluntariamente lo desgravado por cuotas a concertados

MADRID, 6 Feb. (EUROPA PRESS) –

El exdirector de la Agencia Tributaria Ignacio Ruiz Jarabo ha recomendado este miércoles a los padres que se hayan desgravado las cuotas que pagan a los colegios concertados por la escolarización de sus hijos que voluntariamente regularicen su situación y devuelvan lo desgravado para evitar posibles sanciones de Hacienda.

Ruiz Jarabo, en declaraciones a Antena 3 recogidas por Europa Press, indicó que aquellas familias que aún no hayan recibido notificación de la Agencia Tributaria, deberían voluntariamente presentar declaraciones complementarias con la corrección del error en el que han incurrido para evitar la sanción de la Agencia Tributaria, que puede llegar hasta el 50% del importe desgravado incorrectamente, dado que estas cuotas no son donativos.

En el caso de unos padres que paguen 900 euros anuales al colegio concertado de su hijo (a razón de 90 euros al mes por diez meses de escolarización), la deducción que se pueden aplicar en el IRPF ascendería a 375 euros al año. Si Hacienda exige su devolución, lo hará por los últimos cuatro años no prescritos, lo que hace un total de 1.500 euros a devolver.

Además, según el expresidente de la Agencia Tributaria, la sanción podría llegar al 50% de la cantidad a devolver, en este caso son unos 750 euros, más otros 100 euros de intereses de demora, por lo que la cifra total que tendrían que devolver estos padres ascendería a unos 2.350 euros.

Por ello, Ruiz Jarabo recomienda a todos los padres que se encuentren en esta situación que, de manera voluntaria y antes de que Hacienda les envíe una notificación, presenten declaraciones complementarias del IRPF para regularizar su situación y ahorrarse la sanción y los intereses de demora.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, indicó ayer martes que aquellas familias que se hayan desgravado en el IRPF las cuotas satisfechas a los colegios concertados deberán devolverlo mediante una declaración complementaria porque no se trata de donativos con derecho a deducción, y añadió que esta ha sido siempre la interpretación de la Agencia Tributaria, por lo que no hay un “cambio de criterio” al respecto.

Montero apuntó que algunas familias se han desgravado estas cuotas al considerarlas como una donación, cuando en realidad se trata de “un dinero que se entrega a cambio de una prestación” y, por tanto, “no puede seguir estos parámetros”.

La ministra apuntó que la “mayoría de las familias” han consignado estas cuotas “adecuadamente” y no ha habido “ningún problema”, y añadió que en el caso de los padres que han declarado las cantidades como donación, le corresponderá a la Agencia Tributaria decidir si ha habido una “clara interpretación de la norma” y si no es así, se le pedirá a la familia que haga una declaración complementaria para devolver lo desgravado.

Fuentes de la Agencia Tributaria precisaron a Europa Press que no se va a iniciar una campaña específica que obligue a los padres que se han aplicado esta deducción a devolver lo gravado, pero sí admitieron que se vienen realizando “controles puntuales desde hace tiempo en distintos puntos del territorio”. Lo que sí se puede desgravar, añaden desde Hacienda, son los donativos que se hacen a fundaciones de los colegios concertados.

Asimismo, aclaró que esta problemática no afecta “en nada” a las deducciones fiscales vigentes en el IRPF que existen en el ámbito de la enseñanza en algunas comunidades autónomas.

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